1 :
Sin Nombre, firme junto a BaI@Casi al instante
: 04/10/11(mar)15:24:07
http://radio.uchile.cl/noticias/125088/>En el Patio de Los Cañones, en La Moneda, el Presidente Sebastián Piñera lanzó su proyecto destinado a endurecer los castigos contra quienes definió como vándalos, encapuchados, delincuentes y todo aquel que atente contra bienes privados y públicos.
>La idea del gobierno es tipificar delitos contra el orden público como saqueos, invasión u ocupación de recintos públicos o privados, impedir la circulación por calles e interrumpir servicios públicos.Un momento; se supone que es una ley para evitar saqueos, pero resulta ser que los saqueos normalmente se producen en recintos privados (léase, supermercados, farmacias, etc.). Sin embargo, agrega espacios públicos, y mñas allá de eso, penaliza la
ocupación de éstos mismos; ¿eso no haría ilegal una toma?. Además, también penaliza la interrupción de las calles, por lo cual haría ilegal una marcha no autorizada.
Este sacoweas se la está buscando, de veras. Tiene un 22% de aprobación y cree que con medidas antidemocráticas lo va a salvar todo;
JEW WENT FULL RETARD.
Oh,y hablando de
judíos:
>Al respecto, el ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, indicó que “estamos incorporado al Código Penal, al concepto de autoridad, para que exista el delito de atentado contra la autoridad, a nuestros policías, policías de Investigaciones y gendarmes”.
>Código Penal
>Lo que no aumenta, son las sanciones a carabineros que lesionen o agredan a civiles, como ocurrió, por ejemplo, con un fotógrafo de la agencia EFE en Valparaíso o una estudiante universitaria en Concepción.Lo único que se me viene a la cabeza en este moemnto es Alex Jones y esta canción:
http://www.youtube.com/watch?v=l7HVDUhOWdk
6 :
Sin Nombre, firme junto a BaI@Casi al instante
: 04/10/11(mar)17:18:06
>>5Gracias por el link. Es bonito ver cómo es cada vez más claro lo sumiso que este gobierno es a los dueños del mundo...
>Acompañado por el vicepresidente de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Región Metropolitana (SIDECO), Juan Manuel Pozo; y el Gerente de Asuntos Corporativos de Walmart Chile, Claudio Hohmann, el presidente de la CNC, Carlos Eugenio Jorquiera explicó que “el comercio es uno de los motores de la economía y uno de los principales generadores de empleos.
>WalmartSantísima madre de Batman...
>En relación al concepto de armas, el proyecto de la CNC busca ampliar su definición y que sean calificadas como tal las bombas molotov, ballestas, arcos, hondas y elementos similares, todas ellas herramientas regularmente utilizadas en actos vandálicos con ocasión de marchas y manifestaciones. Me voy a apurar a comprarme una ballesta para usos recreativos, antes de que me señalen como terrorista comeguaguas.
Por cierto, ¿alguien se acuerda del chico pakistaní detenido por ser acusado de terrorista? ¿y de la señora mapuche a la que se le aplicó la ley antiterrorista por protestar por el arresto de su esposo? estoy seguro que los mismos intereses detrás de esta ley fascistoide son los que se encargaron de cometer estas atrocidades y más.
11 :
Sin Nombre, firme junto a BaI@Casi al instante
: 04/10/11(mar)18:44:10
Está bien pos weón, si por culpa de los encapuchados los estudiantes no pueden hacer bien sus marchas. E interrumpir servicios públicos es no permitir a la gente ir a su trabajo, o regresar a sus casas. Estoy de acuerdo, pero la weá suena tan ambigua que como dices puede hacer ilegal las movilizaciones pacíficas, y con eso no estoy de acuerdo.
Igual en vez de estar peleando por esto deberían estar reclamando por descentralizar esta mierda de país, es un problema mayor.
14 :
Sin Nombre, firme junto a BaI@Casi al instante
: 04/10/11(mar)19:50:29
>>4Sin conocer el proyecto a fondo, desde un punto de vista criminologico todas las estadísticas siempre han apuntado que elevar penas nos disminuye crímenes si no que los radicaliza.
Jurídicamente hablando estas nuevas figuras causan problemas desde su aplicación (como determino objetivamente en un saqueo quien robo y quien no, como determino objetivamente quien se encapucho y a quien simplemente se le quedo un gorro en la mochila por descuido) los cuales básicamente derivarían en injusticias que a su vez se traduce en una "rebeldía" del poder judicial, o que el tribunal constitucional declare inconstitucionales estas normas, ademas de que probablemente vayan contra algunos tratados internacionales suscritos en chile sobre derechos humanos y debido proceso...
Así hay muchas razones, mi pronostico es que es puro ruido mediático y que estas leyes quedaran ahí en el fondo de las actas parlamentarias en una discusión eterna.
17 :
Sin Nombre, firme junto a BaI@Casi al instante
: 05/10/11(mie)11:34:03
"Se reemplaza el tipo penal del delito de desórdenes públicos, contenido en el artículo 269 del Código Penal, por una nueva figura que sanciona con una pena de presidio menor en su grado medio, esto es, de 541 días a 3 años, a los que participen o hayan incitado, promovido o fomentado, desórdenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia que importe:
(i) paralizar o interrumpir algún servicio público, tales como los hospitalarios, los de emergencia y los de electricidad, combustibles, agua potable, comunicaciones o transporte;
(ii) invadir, ocupar o saquear viviendas, oficinas, establecimientos comerciales, industriales, educacionales, religiosos o cualquiera otro, sean privados, fiscales o municipales;
(iii) impedir o alterar la libre circulación de las personas o vehículos por puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes;
(iv) atentar en contra de la autoridad o sus agentes (en los términos de los artículos 261 o 262 del Código Penal antes señalados, o en los artículos 416, 416 bis, 416 ter y 417 del Código de Justicia Militar referidos a agresiones a Carabineros, o en los artículos 17, 17 bis, 17 ter y 17 quáter del Decreto Ley N° 2.460 de 1979, referidos a agresiones a la Policía de Investigaciones, o en los artículos 15 A, 15 B, 15 C y 15 D del Decreto Ley N° 2.859 de 1979, referidos a Gendarmería de Chile, según corresponda);
(v) emplear armas de fuego, cortantes o punzantes, artefactos o elementos explosivos, incendiarios o químicos u otros capaces de producir daños a las personas o a la propiedad; ó,
(vi) causar daños a la propiedad ajena, sea pública, municipal o particular.
Junto con lo anterior, en relación a la penalidad de estas conductas, siguiendo la regulación tradicional en esta materia, se establece que la pena se impondrá sin perjuicio de la que, en su caso, corresponda aplicar además a los responsables por su intervención en los daños, incendio, atentados, robo, infracciones a la Ley sobre Control de Armas y, en general, cualquier otro delito que se cometa con motivo u ocasión de los desórdenes o de los actos de fuerza o violencia."