A un amigo le molesta bastante la llamada "falacia naturalista", por razones que desconozco. Hasta donde sé, se trata ésta de que sean derivadas proposiciones sobre el "deber ser" a partir de proposiciones sobre el "ser".
He estado leyendo a un jurista que se llama Hans Kelsen y que tiene ideas relevantes en ese sentido. Es un neokantiano, pero no en el sentido de que defienda el imperativo categórico, sino todo lo contrario. De lo que se encarga es de lograr una teoría del derecho que sea "pura" en el sentido de que no contenga elementos extraños, incluida la moral. Ahora bien, pensaría que el objeto conocido como "derecho" es incluso mejor que el conocido como "moral" para darle algún sentido verdadero a esto de la falacia naturalista.
Comencemos por entender que lo que permite la existencia de proposiciones o enunciados jurídicos es algo que no tiene ningún carácter supramundano como es la "norma". De la norma, es de donde sacamos proposiciones del tipo "Juan no debe robar", la cual es normativa (ya sea ética o jurídica), mientras que un enunciado del tipo "Juan no roba" o "Juan no robará" se refiere a algo completamente diferente y que no tiene ninguna norma para verificarlo, sino que única y exclusivamente el examen de los hechos en el tiempo y el espacio (así como las predicciones a ese respecto).
Lo que ocurre, es que estas proposiciones tienen una cierta estructura lógica en común, esto es, de una condición se sigue una consecuencia. En el reino del ser, de la condición psíquica "Juan no quiere robar" se sigue la consecuencia material "Juan no roba", en términos del devenir de las cosas en el mundo; ahora bien, en el ámbito jurídico, de la condición "Juan no debe robar" puede seguirse en el terreno del ser tanto la expresión "Juan no roba" como la expresión "Juan roba", sin que exista en absoluto ninguna contradicción lógica.
Vamos, sin embargo, ahora, a la distinción que establece Kelsen entre normas primarias (que son las normas coactivas) y normas secundarias (que son las normas teleológicas), puesto que esta distinción permite aún de mayor manera distinguir los ámbitos del ser y del deber ser. Kelsen dice que lo característico del derecho es la norma coactiva, es decir "Si Juan roba, Juan deberá ser castigado", la cual es mucho más importante que la simple "Juan no debe robar" (que es la norma secundaria). La norma coactiva se adapta a la ideología que sea, mientras que la norma secundaria está teleológicamente dirigida hacia alguna finalidad ética, es decir, Juan no debe robar porque, no sé, eso es malo según mandamientos cristianos. Por el contrario, de la más pura proposición que dice que "Si Juan roba, Juan deberá ser castigado", no puede predicarse mucho más que un mero carácter formal, que pudiese ser idéntic
(Post muy largo... Presiona
aquí para verlo completo.)